Mapa del sitio

 

16/11/2011

 

Mapa bicontinental: sigue habiendo irregularidades  

No se cumple con la ley que estipula que el mapa de la República debe mostrar a la Antártida en su real dimensión. Apoyo del Concejo Deliberante de Crespo en Entre Ríos y fuertes quejas en escuelas...

(Fundación Marambio).- Tenemos la satisfacción de informarle que en respuesta a nuestros requerimientos, el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Crespo, Provincia de Entre Ríos, por Resolución Nº 21/11 del 2 de noviembre de 2011, emitió normas respecto a la obligatoriedad del uso del Mapa Bicontinental; a ellos les agradecemos haber comprendido nuestro mensaje al respecto.

Mientras tanto, estamos viendo y continuamos recibiendo muchos mensajes donde nos informan que no se cumplimenta en su totalidad, la Ley Nº 26651/10 - Boletín Oficial Nº 32.029, que estipula la obligatoriedad del uso de este mapa, debido a que muchos Argentinos no han comprendido los alcances educativo del espíritu de esta Ley y lo exhiben en publicidades, propagandas, ornamentaciones, etc., omitiendo mostrar el mapa con el Sector Antártico Argentino en su escala real y hay quienes omiten también, mostrar en el mapa a nuestras Islas Malvinas.

Mapa Bicontinental con la Antártida en su escala real. Incumplimiento del espíritu de la Ley que establece su utilización.

Desde hace varios años esta Fundación bregó que se reglamente sobre la utilización como mapa oficial de la Republica Argentina, el que tiene incluido el Sector Antártico Argentino en su escala real con relación a todo nuestro suelo soberano, en lugar de exhibirlo en un pequeño recuadro a la derecha del mapa.

Cuando después de mucho esperar se publicó la Ley Nº 26651/10 (Boletín Oficial Nº 32.029 del 16 de noviembre de 2010), que estipula la obligatoriedad del uso del mapa bicontinental de la República Argentina.

Había finalizado el receso escolar de verano y comenzamos a recibir gran cantidad de adhesiones de la gente en general, que preocupada nos informaba que no se cumplimenta lo estipulado en la Ley o que no se ha comprendido los alcances del espíritu de la misma, mencionándonos hechos negativos y también otros positivos al respecto.

Debido a que a esta Fundación la relacionan con el Mapa Bicontinental, continuamos recibiendo gran cantidad de adhesiones y quejas de gente y también el interrogante de ellos, sobretodo los docentes que nos consultan como conseguir los mapas en vigencia.

Hace pocos días, recibimos de la Diputada Nacional señora Liliana FADUL el texto del proyecto de Resolución de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación (Expediente 4185-D-2011 del 24 de agosto de 2011), de su autoría, en cuyo texto refleja algunas de las preocupaciones que tienen al respecto los docentes que, como lo dijimos anteriormente, se dirigen a nosotros.

En dicho proyecto de Resolución se le solicita al Poder Ejecutivo Nacional que a través de los organismos correspondientes, se le informe a dicha Cámara respecto al cumplimiento de lo prescripto en la Ley 26.651

Texto del Proyecto de Resolución - Expediente 4185-D-2011 (HCDN), haga clic a continuación: http://marambio.aq/proyectofadul.html

Esperamos que pronto en todos los establecimientos escolares se pueda ver nuestro mapa Bicontinental y que todos aquellos que por cualquier motivo tengan que mostrarlo, no solo en la parte educativa, sino en publicidades, propagandas, ornamentaciones, que recuerden que nuestra Patria se extiende desde la Quiaca hasta el Polo Sur y que no se olviden de nuestras Islas Malvinas, que muchas veces las omiten y eso no es justo.

Resolución 21/11
Honorable Consejo Deliberante - Crespo - Entre Ríos

02 de Noviembre de 2011

V I S T O

El trabajo llevado a cabo por la Fundación Marambio para la obligatoriedad del uso del Mapa Bicontinental de la República Argentina, y

C O N S I D E R A N D O

Que la Fundación Marambio trabajó para que se reglamente sobre la utilización como mapa oficial de la República Argentina, el que tiene incluido el Sector Antártico Argentino en su escala real con relación a todo nuestro suelo soberano, en lugar de exhibirlo en un pequeño recuadro a la derecha del mapa;

Que se publicó la Ley Nº 26651/10 (Boletín Oficial Nº 32.029 del 16 de noviembre de 2010), donde en su artículo 1º estipula: "Se establece la obligatoriedad de utilizar en todos los niveles y modalidades del sistema educativo -Ley Nº 26.206, de Educación Nacional-, como así también su exhibición pública en todos los organismos nacionales y provinciales, el mapa bicontinental de la República Argentina que fuera confeccionado por el ex Instituto Geográfico Militar -actualmente Instituto Geográfico Nacional- (Leyes 22.963, de representación del territorio continental, insular y antártico y su modificatoria 24.943), el cual muestra el sector antártico en su real proporción con relación al sector continental e insular";

Que el mapa Bicontinental de la Republica Argentina confeccionado por el Instituto Geográfico Militar, muestra el Sector Antártico en su real dimensión, con una superficie total de 3.761.247 km2 se encuentran en el Continente Americano y 969.464 km2 en el Continente Antártico en el cual se incluyen (Islas Orcas del Sur, Georgias del Sur y Sándwich del Sur), demostrando prácticamente la mitad del territorio continental;

Que el mismo pone de manifiesto nuestro carácter de Nación Américo-antártica, pudiendo subsanar de esta manera las ediciones ya entregadas en donde se mostraba a nuestro territorio Antártico en un pequeño recuadro a la derecha del mismo en una escala diferente;

Que el suelo Nacional es bañado no solo por el Océano Atlántico, sino también por el Océano Pacífico y el Glaciar Ártico, además posee una amplia fauna marítima representando una fuente de alimentación que en la actualidad resulta muy importante y a futuro será imprescindible;

Que es de suma importancia que nuestra comunidad desde temprana edad, conozca y tenga en su memoria la importancia de nuestra Antártida Argentina tanto como reserva de agua, como el símbolo que representa los esfuerzos de tantos compatriotas que, desafiando la soledad y las adversidades climáticas la ocupan en la actualidad y desde hace 107 años en forma ininterrumpida.

Que, Argentina es el país con mayor cantidad de Bases en la Antártida, entre ellas: JUBANY - ESPERANZA - MARAMBIO - SAN MARTÍN - BELGRANO siendo la primera ORCADAS DEL SUR desde el año 1904, siendo sus únicos ocupantes permanentes;

Que la soberanía Argentina sobre su superficie Insular y continental Antártica debe ser defendida en toda su extensión, siendo necesaria para ellos conocerla en su real dimensión, "pues no se puede amar lo que no se conoce ni defender lo que no se ama";

Que se lleva adelante una difusión del tema, solicitando a los Concejos Deliberantes de todas las ciudades de la República Argentina, para la sanción de normas en este sentido;

Que en medio de un escenario mundial convulsionado, con la crisis económica y las revueltas en el mundo árabe, la Presidenta Cristina Fernández brindó el 21 de septiembre de 2011, su discurso ante el pleno de la ONU reivindicando la soberanía de las Islas Malvinas, Georgia del Sur y Sándwich del Sur.

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD CRESPO,

R E S U E L V E

ARTICULO 1º - Solicitar al Consejo Provincial de Educación de Entre Ríos declare de interés educativo, comunitario y cultural, la obligatoriedad de utilizar el mapa Bicontinental, que fuera confeccionado por el ex Instituto Geográfico Militar actualmente Instituto Geográfico Nacional, en la asignatura de geografía en todos los niveles educativos.-

ARTICULO 2º - Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que a través del área correspondiente, se proporcione a cada uno de los Establecimien-tos Educacionales y/o culturales, Jardines Maternales y de Infantes un mapa de las características delineadas por el Instituto Geográfico Nacional de la República Argentina.-

ARTICULO 3º - Remitir copia de la presente a la Honorable Cámara de Diputados y Senadores de la Provincia de Entre Ríos, al Instituto Geográfico Nacional de la República Argentina, a la Fundación Marambio, y a todos los Honorables Concejos Deliberantes de la Provincia, para que adopten iguales medidas, en defensa de nuestra soberanía nacional.-

ARTICULO 4º - Comuníquese, publíquese, archívese, etc.-

fdo.

Mirta Beatríz EURICH
Secretaria
H. Concejo Deliberante
Crespo - Entre Ríos

fdo.

Fernando Pedro CIBAU
Presidente
H. Concejo Deliberante
Crespo - Entre Ríos

Opine sobre este y otros temas en el foro del diario, click aquí

Si quiere dejar su opinión puede enviar un e-mail a:
info@malvinense.com.ar

COPYRIGHT (c) 2008 EL MALVINENSE. Todos los derechos reservados. Capital Federal-Buenos Aires-Argentina.
Se permite la reproducción mencionando la fuente (El Malvinense)