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27/04/2009

 

Modifican el Régimen de Beneficios jubilatorios para Excombatientes en Santa Fé  

En la sesión del jueves 23 de abril de 2009, el Concejo Municipal aprobó una Ordenanza que establece la modificaciones al Régimen de Beneficios jubilatorios para Excombatientes de Malvinas.

Mediante la modificación de la Ordenanza Nº 11.509, el Concejo dispuso que el haber correspondiente a los ex combatientes de la guerra de Malvinas sea del 82% de lo que percibe un activo. “Para que los reconocimientos sean tales no solo deben quedar en la mera declamación informal”, destaca la iniciativa.

Se trata de una Ordenanza aprobada en la sesión del día 23 de abril, que fue presentada por el concejal Héctor Acuña (SFC). Establece que los pasivos con más de treinta años de servicios perciban el 82% de la remuneración de los agentes en actividad.

Puntualmente, se cambia la letra del artículo Nº 9 de la Ordenanza Nº 11.509, por el siguiente texto: “La determinación del haber para los Ex-combatientes de Malvinas, que opten por el sistema determinado en la presente, será el equivalente al 82% de la remuneración que perciba el solicitante. Debiendo tomarse, a tal efecto como si el beneficiario hubiese prestado servicios por treinta años”.

En su fundamento, la norma sostiene que “el 2 de abril al recordar a nuestros soldados debemos preguntarnos si en realidad al homenajearlos los estamos reconociendo como tales”. Se hace necesario el reconocimiento “para que los laureles estén en los hechos y no en las meras palabras”, concluye Acuña.

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