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Envío de Carlos Palacios VGM

25/09/08

 

Ciudad de Bs As: Licencia de conducir gratuita para Veteranos  

Para renovar el registro no habrá que ir hasta Lugano

Desde el jueves quienes viven en Capital y necesiten renovar su registro de conductor de moto u automóvil tendrán una alternativa a la Dirección de Licencias de Avenida Roca, en Villa Lugano.

La descentralización del trámite arrancará en el Centro de Gestión y Participación Comunal 2, de Uriburu 1022, en Recoleta donde atenderá de 9 a 16. Asimismo, está previsto que hacia fines de año, se agregará un tercer lugar, que es el CGPC 14, de Beruti y Coronel Díaz, en Palermo y el año que viene está previsto que se sumen los CGPC 13, de Cabildo 3067 en Núñez y 15, de Córdoba 5690 en Villa Crespo.

Como en los CGPC no puede tomarse el examen de conducción, esta variante servirá sólo para renovar la licencia pero no para sacarla por primera vez.

Tampoco si el registro tiene más de 90 días de vencido: en ese caso hay que ir a Avenida Roca.

Además, sólo se atenderán los trámites para la categoría A y B.

Para la realización del trámite antes habrá que sacar turno (se atenderán un total de 150 por día) por Internet en www.buenosaires.gov.ar ó por teléfono al 0800-999-2727.

En los CGPC se realizará el examen médico previsto para la renovación de la licencia.

También estará habilitado un mostrador para pagar multas de tránsito según informa el diario Clarín. Además, los que vayan, deben tener el certificado que acredite que asistieron a la charla gratuita sobre educación vial, que se da en los CGPC y en otros lugares que figuran en el sitio de Internet del gobierno de la Ciudad.

PARA INTERIORIZARSE SOBRE EL TRAMITE DE RENOVACION DE LA LICENCIA, POR VENCIMIENTO:

http://www.buenosaires.gov.ar/noticias/?modulo=ver&idioma=es&item_id=1949&contenido_id=27928

LUEGO LEAN EL INSTRUCTIVO PUBLICADO EN:

http://www.buenosaires.gov.ar/guiaba/guia/index.php?info=detalle&menu=1&id=341&menu_id=14567

RECUERDEN QUE PARA LOS VETERANOS DE GUERRA DE MALVINAS EL TRAMITE ES GRATUITO PRESENTANDO EL CERTIFICADO DE VETERANO DE GUERRA EXPEDIDO POR LA FUERZA Y ABALADO POR EL MINISTERIO DE DEFENSA, SEGÚN LO ESPECIFICADO EN EL ARTICULO 3.2.16 DEL ANEXO I DE LA LEY 2148 DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, SANCIONADA EL 21 DE NOVIEMBRE DE 2006, QUE DICE:


“ 3.2.16 Veteranos de Malvinas.
Se exceptúa de cualquier arancel de obtención o renovación de licencias de conducir en cualquier categoría a los veteranos de la guerra de Malvinas, previa acreditación de dicha condición. “

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Se permite la reproducción mencionando la fuente (El Malvinense)

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